Con el propósito de promover hábitos de consumo más saludables y favorecer la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles, cabe mencionar la existencia de por lo menos dos tipos de políticas fiscales que pueden ser promovidas: a. por la positiva, los subsidios focalizados hacia consumos o hábitos que se procura promover, b. por la negativa, los impuestos focalizados en consumos o hábitos que se procura desincentivar. Los últimos son conocidos también como impuestos saludables y son aquellos que se aplican sobre productos que tienen un impacto negativo para la salud. En este contexto, los impuestos saludables constituyen una poderosa herramienta para la prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas al consumo, por ejemplo, de productos de tabaco.
Desde la teoría económica, incluso en su marco más ortodoxo, la racionalidad de los impuestos saludables en general, y del impuesto al consumo de tabaco en particular, encuentra sentido ya que el consumo impone costos sobre terceros (externalidades) así como también costos adicionales sobre el propio consumidor (internalidades, fallas de información), los cuales no son contemplados al momento de decidir el consumo. Ejemplos de esto son el costo que implica para la salud de las personas que conviven con el consumidor por causa del humo de segunda mano o que implicaría para la salud del propio consumidor en el futuro.
El propósito de los impuestos saludables es, específicamente, gravar el consumo de un producto en particular (tabaco, en el caso que estamos presentando en esta nota) con el objeto de incrementar su precio relativo en términos de otros productos o servicios. De esta manera, se busca encarecer en términos relativos a los productos de tabaco, reducir su asequibilidad y que se reduzca su consumo. En este sentido, la herramienta más apropiada para esto son los impuestos selectivos al consumo.
«Por las características que presenta la demanda de los productos de tabaco, que es generalmente inelástica (lo cual se debe a que ante un aumento del precio en un 10%, por ejemplo, la demanda o consumo de tabaco se reduce pero en una proporción inferior al 10%), los impuestos tienen la ventaja de ser una medida triplemente ganadora en tanto que:
1. Reducen el consumo de productos que son dañinos para la salud
2. Salvan vidas
3. Generan recursos adicionales para el Estado.«
Actualmente, existe un gran cantidad de evidencia científica que muestra la efectividad de los impuestos al tabaco para reducir consumo, demorar la iniciación, mejorar la salud de la población, que generan mayores beneficios para poblaciones más vulnerables, y que generan recursos adicionales para los estados. Mucha de esta evidencia fue generada incluso en referencia a países de medianos y bajos ingresos, y en Argentina en particular. De la comparación con otras políticas surge incluso que los impuestos selectivos que incrementan el precio relativo de los productos de tabaco resultan ser la medida más costo-efectiva para reducir y prevenir su consumo, dado que presentan mayor efectividad y bajo costo de implementación.
No obstante, cabe mencionar que la determinación de cuál es la mejor estrategia y estructura para la implementación de un impuesto saludable, que permita garantizar la efectividad del mismo, va a depender en gran medida de la capacidad de la administración tributaria y las características del contexto económico del país.
En Argentina, la principal herramienta para implementar este tipo de impuestos saludables se encuentra en la Ley de Impuestos Internos, y actualmente se encuentra subutilizada en lo que refiere a productos de tabaco. Por tanto, se enfatiza la necesidad e importancia de reformular los impuestos internos al tabaco, con una perspectiva de salud pública, para mejorar su estructura, incrementarlos y favorecer a la reducción de la prevalencia del consumo y de las ECNT asociadas a su consumo.
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